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La función de Ministro de Fe de tales actuaciones se cumplirá, principalmente, mediante la firma de los documentos que las materialicen, o bien, certificando la autenticidad de los documentos otorgados.
Dirigir las actividades de secretaría administrativa del alcalde y del concejo.
Desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida por la Ley Nº 18.575.